¿Cuánto deben cobrar las empleadas del hogar por despido?
Las trabajadoras del hogar llevan a cabo sus labores en el entorno doméstico, lo cual es un factor clave que las expone a riesgos específicos y genera diferencias con otros empleados asalariados, especialmente en lo que se refiere al despido. Tanto las razones legales que justifican la terminación del contrato como la indemnización que les corresponde varían para estas trabajadoras, por lo que es crucial conocer qué establece la legislación en cada situación.
Con la entrada en vigor del Real Decreto-ley 16/, se eliminó la figura del despido por desistimiento y se definieron las causas que justifican la finalización del contrato laboral, siempre que se acredite la causa y se deje constancia por escrito. Por lo tanto, según esta normativa, estos son los tipos de despidos que los empleadores pueden aplicar a las trabajadoras del hogar:
- Despido disciplinario: tiene lugar cuando hay una falta grave y culpable por parte de la trabajadora (regulado en el artículo 54.2 del Estatuto de los Trabajadores). No da derecho a indemnización.
- Despido por causas justificadas: ocurre cuando hay una disminución en los ingresos de la unidad familiar o un aumento de sus gastos por circunstancias imprevistas; un cambio significativo en las necesidades de la familia que justifiquen la desvinculación de la trabajadora del hogar; o un comportamiento de la trabajadora que provoque “de manera razonable y proporcional” la pérdida de confianza del empleador (esta última causa es especialmente polémica). En este caso, se tiene derecho a una indemnización reducida.
Si no se cumplen los requisitos legales en estos casos (si el despido no ocurre por las causas mencionadas, no se notifica por escrito o no se respeta el preaviso), las trabajadoras del hogar pueden presentar una demanda. Tras esto, un juez puede declarar el despido como nulo (lo que obliga a readmitir a la trabajadora) o improcedente (el empleador debe elegir entre readmitir a la trabajadora o pagar una indemnización).
Indemnización de las trabajadoras del hogar
Dependiendo del tipo de despido, corresponde una indemnización diferente. De igual forma, la finalización de un contrato temporal o el fallecimiento del empleador también da derecho a recibir una compensación. Estas son las cantidades que la ley establece en cada caso:
- Despido por causas justificadas: indemnización de 12 días de salario por año trabajado, con un máximo de seis mensualidades.
- Despido improcedente: 33 días de salario por año trabajado, con un límite de 24 mensualidades.
- Fallecimiento del empleador: un mes de salario, sin importar la antigüedad de la trabajadora.
- Finalización de contrato temporal: 12 días de salario por año trabajado.
Es importante recordar que el preaviso que deben respetar los empleadores al notificar el despido (excepto en el caso del disciplinario) es de 20 días si la trabajadora lleva más de un año trabajando, o de 7 días si lleva menos tiempo. Sin embargo, el empleador puede optar por sustituir este aviso previo por una compensación equivalente al salario correspondiente a dicho periodo.