Según resolución de la Consejería de Salud del 29/07/2020 es obligatorio en el territorio del Principado de Asturias que los titulares de hoteles, alojamientos turísticos, peluquerías, barberías, establecimientos de estética y similares, así como, gimnasios, spas, balnearios y saunas, lleven un registro de clientes y usuarios que accedan a los establecimientos.
Además se establecen para establecimientos de hostelería y restauración, discotecas y locales de ocio nocturno, horarios de cierre obligatorios y las condiciones de prestación de servicios a partir de las 00.00 horas.
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